El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se incorpora al Reglamento del Servicio Universal un nuevo artículo en el que se establece que a partir de ahora los internautas podremos reclamar una compensación económica cada vez que nos quedemos sin conexión.
Concretamente, se establece que cuando suframos interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador de telecomunicaciones deberá devolvernos el importe de nuestra cuota de abono y otras cuotas fijas, cuya cuantía variará en función del tiempo que hayan durado los problemas de conexión.
La indemnización tendrá que producirse de manera inmediata en la factura correspondiente al mes siguiente del periodo en que se haya producido la incidencia siempre y cuando la compensación sea superior a un euro. Magnífica noticia, sin duda.