El USB Implementers Forum es un organismo integrado por empresas del calibre de HP, NEC, Apple, Intel, IBM, Intel y Microsoft que se encarga del desarrollo y promoción del estándar USB. Entre otras cosas, suya es la responsabilidad de establecer la nomenclatura tanto de los conectores USB como de los estándares con los que son compatibles dichos puertos.
Y, todo hay que decirlo, su trabajo ha dejado mucho que desear en este último aspecto. USB 1.0, USB 1.1, USB 2.0, USB 3.0, USB 3.1, USB 3.2, USB 4, USB 4 Versión 2.0, USB-A, USB-B, USB-C, USB Mini-A, USB Mini-B, USB Mini-AB, USB Micro-A, USB Micro-B, USB Micro-AB, SuperSpeed USB, SuperSpeed Plus o SuperSpeed+ son algunos de los nombres utilizados para designar los estándares de conexión y los conectores que ha creado a lo largo de los años.
Una maraña de denominaciones ininteligibles incluso para los más avezados a las nuevas tecnologías que han acabado provocando confusión y frustración entre los consumidores, que no sabemos a ciencia cierta las velocidades que pueden alcanzar los puertos USB ni si los cables que compramos son compatibles o no con los mismos.
Pero tras muchos años de desatinos constantes, parece que, esta vez sí, el USB-IF ha decidido cambiar la manera poco afortunada con la que denominan a los estándares de conexión y a los conectores, y ha hecho públicas unas directrices mucho más claras que deberán seguir las empresas que quieran vender productos USB certificados:
Tal y como se aprecia en las imágenes, estas reglas generales establecen que tanto los puertos como los cables tendrán que incluir logos en los que se especifiquen las velocidades a las que pueden transmitir datos y la potencia a la que son capaces de cargar los dispositivos a los que se conecten. Además, ha anunciado que va a eliminar la marca SuperSpeed.
¿Quiere esto decir que a no mucho tardar todos los aparatos electrónicos y cables que compremos incluirán estos logos? Desafortunadamente, no. USB es un estándar y, como tal, cualquier compañía puede utilizarlo libremente. A tal efecto, las normas del USB-IF sólo atañen a aquellas corporaciones que vendan productos certificados por esta organización. El resto, van a poder seguir comercializando sus productos con las denominaciones que les parezcan.