Las últimas horas dentro de la blogosfera han venido marcadas por la revuelta en toda regla que se ha producido en Digg tras el malestar generalizado que ha provocado la decisión de los responsables del sitio de eliminar un artículo que había llegado a portada tras recibir miles de votos en sólo unas horas.
La historia, poco más o menos, ha sido la siguiente: un usuario de Digg ha enviado una noticia que tenía como eje central el código que permite desencriptar los contenidos albergados en los discos HD-DVD y reproducirlos en sistemas basados en GNU/Linux. A pesar de que la clave se conoce desde hace meses, el artículo ha sido votado masivamente y, consecuentemente, ha llegado a la página principal de Digg a la velocidad del rayo.
Si bien es cierto que el código se había hecho público a principios de año, hasta la fecha ningún portal de igual o parecida importancia lo había puesto a disposición de sus visitantes tal cual, así que a nadie debería extrañar que las empresas que hay detrás del HD-DVD, encabezadas por Toshiba, se hayan subido por las paredes y hayan exigido a los editores de Digg que eliminaran inmediatamente el articulito, so pena de iniciar acciones legales y reclamarles multas multimillonarias que podrían convertir al blog colaborativo sin control editorial más importante de la Red en sólo un recuerdo.
Con este panorama encima de la mesa, Kevin Rose y compañía han borrado la historia de la discordia pero han cometido el grave error de no dar explicaciones a la comunidad, lo que ha calentado los ánimos y ha provocado que cientos de usuarios se hayan sentido estafados y hayan comenzado a enviar y a votar, una y otra vez, artículos que hacían referencia a la clave para desencriptar y reproducir los archivos de los discos HD-DVD en GNU/Linux, que irremediablemente han ido llegando a portada… y tal y como iban aterrizando en la página principal, los editores del sitio se encargaban de eliminarlos.
La secuencia de acontecimientos se ha repetido indefinidamente hasta que a los responsables de Digg no les ha quedado más remedio que claudicar, izar la bandera blanca y anunciar en su blog que a partir de ese momento se comprometían a no borrar ninguna historia que hiciera referencia al código de marras.
Este caso es un ejemplo que demuestra que en no pocas ocasiones, los sitios emblema de la Web 2.0 están en manos de sus usuarios. Guste o no, ellos son quienes les dan forma y quienes deciden con su entusiasmo y atención, pero también con su criterio, cómo, hacia dónde y a qué velocidad evoluciona un portal de estas características.
Si confiamos en que la inteligencia colectiva, siempre y cuando haya una masa de usuarios crítica suficientemente importante, tomará las decisiones oportunas, podríamos concluir que no debería haber ningún problema en que algo así suceda. Pero el problema es que las cosas no siempre acontecen como es de preveer, y lo que ha pasado en las últimas 24 horas es un claro ejemplo: nos guste o no, publicar el código de desencriptación de un sistema propietario en el que multinacionales del sector de la electrónica de consumo han invertido miles de millones de dólares en su desarrollo es ilegal y puede tener graves -gravísimas- consecuencias para los editores de Digg.
De ahí que me haya sorprendido sobremanera que, con contadas excepciones, la blogosfera se haya echado al monte y, apelando a la libertad de expresión y a argumentos tan peregrinos como que «no se pueden patentar unos números», se haya posicionado indefectiblemente al costado de los amotinados, hayan defendido sus postulados e incluso, en algunos casos, hayan echado pestes sobre las decisiones tomadas por el staff de Digg. Es más, en no pocos casos, y de manera sistemática, han publicado el código de la discordia sin tener en cuenta las graves consecuencias que tal decisión podría traerles.
Y digo graves consecuencias porque la reforma del Código Penal que entró en vigor el 1 de octubre del 2004 incluye un artículo, el 270 para más señas, que reza lo siguiente. Copio y pego:
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.
3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
En España es ILEGAL publicar claves, códigos o keys -llamadle como queráis- que puedan ser utilizados para desproteger reproductores de CD, DVD, Blu-Ray, HD-DVD, o para acceder sin autorización a todo tipo de software comercial protegido a tal efecto por sus desarrolladores. Puede gustarnos o no, pero la realidad es la que es.
No me siento a gusto con el papel de aguafiestas oficial del reino, pero creo que todos aquellos que tengáis publicidad contratada en vuestros blogs y hayáis publicado el código en cuestión deberíais eliminarlo inmediatamente. Doy por hecho que las empresas que hay detrás de esta tecnología tendrán mejores cosas que hacer que iniciar una serie casi interminable de demandas contra miles de bitácoras repartidas por todo el Globo, pero en mi humilde opinión no estaría de más que los afectados os cubrierais las espaldas, no vaya a ser que luego os acabéis mojando.
Nota: Actualizado para añadir, como bien indica Raúl en uno de los comentarios, la necesidad del ánimo de lucro para incurrir en el supuesto señalado en el Artículo 270 del Código Penal.